Cuentan con un presupuesto de 534.092 euros y cada beneficiario podrá cobrar un máximo de 400 euros.
Ya está abierto el plazo para solicitar las ayudas económicas municipales destinadas a la tercera edad. Y es que el Ayuntamiento de Torrevieja ha vuelto a impulsar de nuevo estas ayudas denominadas popularmente como las “paguicas”, tal y como anunció en rueda de prensa el alcalde de Torrevieja, Eduardo Dolón, y la concejal de Tercera Edad, Inmaculada Montesinos.
De esta forma, recordó el alcalde, el equipo de Gobierno de Partido Popular cumple uno de los compromisos electorales más importantes con este importante sector social de la ciudad de Torrevieja. Eduardo Dolón destacó que cada beneficiario de las ayudas podrá cobrar un máximo de 400 euros, contando con una partida presupuestaria de 534.092,50 euros.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contado a partir del miércoles, 18 de noviembre, una vez que se publicó el día anterior el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOP).
El modelo de solicitud para la obtención de la ayuda regulada en la presente convocatoria y la información y documentación de la misma está disponible en la web municipal del Ayuntamiento de Torrevieja, y se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
Servicio especial de atención
El alcalde anunció que una vez abierto el plazo de solicitudes se va a habilitar un servicio especial para las personas que vayan a solicitarlas en la Casa de la Tercera Edad de Pedro Lorca, en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas.
Torrevieja cuenta con un porcentaje de población integrante de la Tercera Edad, bastante elevado, superior al 21% de la población censada en la ciudad. El alto porcentaje de población que representa este colectivo ha hecho que el Ayuntamiento de Torrevieja se sensibilice especialmente por el mismo y los problemas y las necesidades que se les presentan. Es por ello que esta convocatoria tiene por objeto la concesión de una ayuda a la gente mayor y pensionistas con rentas no superiores al 1,5 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), a fin de cubrir la pérdida de poder adquisitivo, así como generar una mayor calidad de vida de este colectivo y completar la política municipal de atención al colectivo de gente mayor.
Nuestros mayores opinan…
José Luis Rodríguez y Carmina Francos
“Siempre nos han parecido muy bien”
Veinte años lleva viviendo en Torrevieja el matrimonio madrileño formado por José Luis Rodríguez, de 80 años, y Carmina Francos, de 78 años. Este matrimonio llegó en el año 2000 a Torrevieja desde Madrid tras su jubilación. Era el mes de febrero cuando vinieron para ver un apartamento que unos amigos tenían aquí, una visita que les impulsó a quedarse a vivir atraídos por el buen tiempo de la ciudad. “En Madrid hace mucho frío y aquí el clima es una maravilla”, señaló José Luis. “Torrevieja para nosotros es nuestra casa, nuestro pueblo”, confesó Carmina. Luego encontraron nuevas amistades en el Centro Municipal de Ocio, donde solían ir a bailar. Carmina, además, realizaba actuaciones de teatro con el grupo de “Las marchosas”, que este año se han visto paralizadas por la pandemia.
Ambos consideran que las ayudas económicas a la tercera edad que ha vuelto a poner en marcha el equipo de Gobierno del PP son “una pequeña ayuda para las personas que tienen un recurso bajo y, además, una alegría para las fechas que vienen de Navidad”. “Siempre nos han parecido muy bien”, apuntan, al tiempo que lamentan que las ayudas se acabaron con el anterior Gobierno.
José Romero y María Jesús Rodríguez.
“Es muy necesario para los mayores sin recursos”
El matrimonio formado por José Romero y María Jesús Rodríguez, ambos de 71 años, lleva quince años residiendo en Torrevieja. José es natural de Madrid y María Jesús, de Ávila. El baile es su pasión y dicen haberlo aprendido con la profesora Paquita en el Centro Municipal de Ocio. Incluso han ganado primeros premios de baile de salón y de sevillanas. Chotis o pasodobles, ningún estilo se les resiste.
“Nos parece muy bien que se vuelvan a dar las ayudas a la tercera edad. Es una cosa muy buena para ayudar a la gente que anda necesitada y más en los tiempos que corremos”, aseguran. “Es muy necesario para las personas mayores que no tienen recursos y más ahora con la pandemia”, añade María Jesús. Ambos opinan que la concejal de Gente Mayor, Inmaculada Montesinos, y el alcalde, Eduardo Dolón, “se preocupan mucho por la ciudadanía de Torrevieja y por las personas mayores”. Para este matrimonio, que se benefició de esta iniciativa los primeros años, recibir esta ayuda supone “pagar alguna cosilla pendiente”. “Es una cosa muy buena que el PP ha hecho”, señalaron. “Ojalá Eduardo dure mucho de alcalde”, concluyeron.
Los beneficiarios deben cumplir con estos requisitos:
A.- Ser perceptor/a de una pensión por Jubilación o Viudedad u Orfandad, y mayor de 60 años en el momento de presentación de la solicitud; o ser mayor de 60 años, y estar separado/a o divorciado/a legalmente percibiendo una pensión de carácter compensatorio, careciendo por tanto de otros ingresos propios.
B.- Figurar en el Padrón Municipal de Habitantes y estar inscrito en el mismo un mínimo de 2 años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
C.- No percibir el/la solicitante ingresos económicos superiores a 1’5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente en el año 2019 (en 14 mensualidades).
Además de los ingresos procedentes de su pensión, se contabilizarán aquellos otros ingresos procedentes del trabajo, de intereses de los capitales mobiliarios o asimilados a ellos que sean compatibles con la percepción de una pensión.
No obstante, si las rentas o ingresos no son superiores a 1,5 veces el IPREM (en 14 mensualidades) y se convive con familiares, únicamente se cumplirá el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia sean inferiores a esa cuantía.
Se entiende por unidad económica de convivencia cuando el solicitante convive con otras personas unidas por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado, es decir, padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del/ de la solicitante.
D.- Disponer como máximo de una vivienda habitual y una plaza de garaje o local con un máximo de 20 m2. Se computarán tanto los bienes inmuebles urbanos o rústicos que se dispongan en pleno dominio como los que se dispongan en usufructo o nuda propiedad.
E.- Encontrarse al corriente de sus obligaciones con la AEAT, Seguridad Social, así como con las obligaciones fiscales de este Ayuntamiento.
F.- No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones.