Desde el pasado viernes, 4 de marzo, el Ayuntamiento de Torrevieja, a través de su portal web y en el tablón de anuncios electrónico, ha hecho públicos dos edictos firmados por el alcalde de la ciudad, Eduardo Dolón, dando así inicio a la tramitación para la redacción y aprobación de la “Ordenanza Reguladora de Obras y Servicios en el Dominio y Uso Público dependientes del Ayuntamiento de Torrevieja” y de la “Ordenanza Reguladora de Instalaciones de Telecomunicaciones”. Ambas parten de la propuesta de la concejal de Calidad de los Servicios Urbanos, Sandra Sánchez.
ORDENANZA DE OBRAS Y SERVICIOS
El constante crecimiento de la ciudad, la necesidad de renovación de instalaciones urbanas inadecuadas o insuficientes, la demanda de nuevos servicios de comunicación por cable, las periódicas operaciones de conservación y mejora de pavimentos o las inevitables averías, son algunas de las causas de las múltiples actuaciones que se realizan en las vías públicas. Estas obras suponen una alteración del espacio en que se desarrolla la actividad urbana y una molestia para el ciudadano.
Sandra Sánchez señaló que el objeto de esta ordenanza será el de regular, dentro del ámbito de la competencia municipal, las condiciones a que deben ajustarse cuantas obras e instalaciones de servicios se efectúen en el vuelo, suelo o subsuelo de las vías y espacios de Dominio Público Municipal independientemente de su uso, además de adecuar la actual Ordenanza Reguladora de Obras y Servicios del término Municipal de Torrevieja a la normativa vigente.
Cabe destacar en la redacción de esta ordenanza que las obras se someterán a mayores exigencias de seguridad, control de calidad, mejoras en accesibilidad y de los itinerarios peatonales e información al ciudadano.
ORDENANZA DE INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES
La proliferación de despliegues de redes de telecomunicación en ámbitos municipales, en especial los de fibra óptica, que, en paralelo con redes antiguas preexistentes, superponen nuevos cableados en postes y fachadas, originando un gran impacto estético, riesgos para las personas y los bienes, así como conflictos de coubicación entre operadores y/o servicios y con los propietarios de inmuebles, precisan de una regulación municipal propia, neutral y adicional a la existente en ámbitos de gobierno superiores, que prevenga y evite dichos aspectos negativos, permitiendo el desarrollo de un servicio de acceso universal, de mejor calidad, competitividad, seguridad, salubridad y continuidad para los usuarios, y abriendo el municipio a oportunidades relacionadas con estas nuevas tecnologías que surgen de manera rápida y cambiante.
El objeto de esta ordenanza es regular dentro del ámbito de la competencia municipal las condiciones a que deben ajustarse cuantas obras e instalación de servicios de telecomunicaciones se efectúen en el vuelo, suelo o subsuelo del Dominio Público Municipal, independientemente de su uso.