Presentadas las bases del programa de subvenciones a pymes y autónomos para minimizar el impacto de la Covid-19

La próxima semana se abrirá el plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas, en su anualidad 2022, que será de 15 días hábiles.

El concejal de Fomento y Empleo del Ayuntamiento de Torrevieja, Domingo Paredes, ha recordado que la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 ha afectado tanto a la actividad productiva como a la demanda y al bienestar de los ciudadanos. Por todo ello, se requiere impulsar la actividad económica en Torrevieja a través de ayudas directas con el fin de favorecer y facilitar liquidez a nuestros autónomos y otros colectivos sujetos a mutualidades, microempresas y pequeñas empresas, permitiendo el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, el mantenimiento de su actividad y el empleo, así como amortiguar una reducción importante de los ingresos.

Domingo Paredes informó que la próxima semana se abrirá el plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas, en su anualidad 2022, que será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a 313.716 euros, procedentes en su totalidad de la Diputación de Alicante, en virtud de una ayuda económica concedida al Ayuntamiento de Torrevieja. La ayuda máxima a percibir podrá alcanzar los 4.000 euros por solicitante.

El modelo de solicitud estará disponible en www.adl-torrevieja.es, donde se habilitará el acceso a la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja para formular la solicitud.

Los gastos subvencionables comprenderán todos aquellos abonados en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022, pudiendo subvencionarse:

  1. Cuotas de autónomo imputadas a la subvención.
  2. Alquiler mensual del local de negocio destinado exclusivamente al ejercicio de la actividad. No es subvencionable la parte proporcional del gasto por rentas de arrendamiento o cuotas hipotecarias sobre inmuebles destinados a vivienda, aunque la actividad de ejerza en ellos.
  3. Alquiler de vehículos, 100% afectos a la actividad económica.
  4. Servicios profesionales de asesoría y consultoría.
  5. Las primas de seguros del local del negocio y/o vehículo comercial.
  6. Los gastos de contratos de suministro de energía y agua referidos al establecimiento.
  7. Los gastos de servicio de telefonía e internet referidos a la actividad.
  8. Los gastos mensuales de contratos de servicios de seguridad del local de negocio.
  9. Gastos de intereses de préstamos de adquisición del local de negocio.
  10. Gastos de interés de préstamos de adquisición de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad.
  11. Gastos de contratos de mantenimiento de equipos afectos a la actividad.