El TSJ ratifica la legalidad de la caducidad de la planta de transferencia

La planta de transferencia, que estuvo en funcionamiento junto a la carretera de La Marquesa, ha sido objeto de una nueva sentencia de la que dio cuenta en rueda de prensa la concejala de Urbanismo, Fanny Serrano. La sentencia judicial ha desestimado el recurso de apelación que interpuso la mercantil Acciona contra la sentencia favorable al Ayuntamiento dictada por el juzgado de lo contencioso administrativo de Elx en 2016.
La mercantil acudió a la vía contencioso administrativa después de que el anterior concejal de Urbanismo, Francisco Moreno, decretara la caducidad de la licencia de obras para la construcción de una planta de transferencia de residuos sólidos urbanos en la carretera de la marquesa, finca Casagrande.
La empresa fue a los tribunales para defender sus intereses y perdió en un primer momento el contencioso que interpuso, recayendo sentencia de fecha 28/01/2016. Recurrida en apelación, el recurso ha sido desestimado por la nueva sentencia del TSJ de 13/04/2018. La sentencia del alto tribunal valenciano ratifica que el Ayuntamiento tenía derecho a declarar la caducidad de una licencia, básicamente al no haberse iniciado la ejecución de la infraestructura en los plazos legales.
A lo largo del procedimiento “también ha quedado claro que no había un proyecto de ejecución para la citada planta y que este se presentó únicamente cuando el Ayuntamiento notificó la caducidad de la licencia”, detalló Serrano, quien puntualizó que la sentencia aclara que el proyecto de ejecución tiene una fecha cronológicamente muy posterior a la fecha en la que la administración inició el expediente de declaración de caducidad de la licencia.
“Lo curioso de este caso es que se refiere a la licencia de obras para una planta de transferencia supuestamente inexistente, cuando es de todos conocido que desde 2006 a 2012 la mercantil adjudicataria del contrato de recogida de residuos sólidos ejecutó y utilizó una planta de transferencia en esa ubicación sin contar con ninguna de las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas”, dijo la edil.
Serrano recordó que actualmente el exconcejal de urbanismo del Partido Popular continua encausado en un procedimiento penal que tuvo su origen en la denuncia presentada por ella misma como concejala de la oposición en enero de 2012, básicamente por la concesión de esta licencia de obras para la planta de transferencia otorgada por el citado concejal “con todos los informes técnicos municipales en contra y apoyándose en un informe externo”. El Juzgado de Instrucción número 2 de Torrevieja sobreseyó en un primer momento la causa, pero tras la estimación por la Audiencia Provincial del recurso de apelación, presentado por la propia edil, la causa regresó al mismo tribunal con la advertencia por parte de la Audiencia de que los hechos que se investigan serían una presunta prevaricación, enmarcada en la corrupción pública y que por lo tanto para decretar el sobreseimiento libre se deben analizar todos los elementos del tipo, sobrepasando las funciones de instrucción. El Juzgado de instrucción no ha dictado resolución hasta la fecha tras el Auto dictado por la Audiencia.
Por último, la edil señaló que esta sentencia también afecta “tangencialmente” a otro aspecto de la relación Ayuntamiento/ Acciona, y que hace referencia a la amortización de la “inexistente planta”. A partir de 2010 cuando se llevaba aproximadamente un 34% amortizado, 1.460.762,66 €, se fueron deduciendo las amortizaciones -no adecuadas a contrato- de las facturas. El juzgado de lo contencioso administrativo de Elx ya dictó en 2016 sentencia en la que desestimaba el recurso interpuesto por Acciona contra esa actuación municipal. Esta Sentencia del TSJ ahonda en la imposibilidad jurídica de que la planta de transferencia cuya licencia de obras se declaró caducada pudiera ser “considerada como la que se recogía en el pliego del contrato y que a pesar de ello se venia amortizando”, concluyó.