La Junta de Gobierno incrementa en 40.000 euros el plan estratégico de subvenciones a ONG

Vista aérea de la finca La Ceñuela en Torrevieja, mostrando terrenos, zonas verdes y áreas urbanizadas en desarrollo
Federico Alarcón, concejal secretario de la Junta de Gobierno Local de Torrevieja, en rueda de prensa con banderas oficiales al fondo
La Junta de Gobierno Local abordó en su sesión  del pasado viernes 14 de febrero el plan estratégico de subvenciones para ONGS y entidades de participación ciudadana que se incrementa en 40.000 euros. La partida para este plan  ya asciendía a 800.000 euros, además del citado incremento para el presupuesto de 2025. La concesión de estas ayudas se rige por un plan de concurrencia competitiva en base a los proyectos y trabajos desarrollados por las entidades que se presenten. Cada colectivo podrá recibir hasta un máximo de 6.000 euros.  Así lo explicó el concejal secretario de la Junta, Federico Alarcón quien también dio cuenta del recurso presentado por la empresa concesionaria del festival gastronómico que se iba a celebrar en Torrevieja en Noviembre pasado y que no se llevó a cabo por su cercanía con las fechas de la tragedia de la Dana en la Comunidad Valenciana. La Junta ha aprobado el pago de la correspondiente fianza que fue presentada por la mercantil y que asciende a 1.873 euros.
LA JUNTA DA LUZ VERDE AL PROYECTO DEL SECTOR 29 LA CEÑUELA
La Junta de Gobierno Local ha retomado tras su adaptación al PATIVEL, el plan de desarrollo urbanístico en el sector 29 La Ceñuela, tras permanecer paralizado durante años, llegando incluso a sede judicial, y donde está previsto la construcción de 1347 viviendas, aunque esta cifra se pueda ver reducida en función del tamaño de las viviendas tipo a ejecutar.  Inicialmente las viviendas tendrian unas dimensiones de unos 100 metros cuadrados, como mínimo. El nuevo plan de desarrollo, situado entre la Urbanización Los Balcones, el Hospital de Torrevieja y la CV-95, se encuentra en estos momentos en periodo de exposición pública. La zona en cuestión es la que no forma parte del PATIVEL. La superfcie del Sector 29 es de 291.645 metros cuadrados, incluyendo los terrenos que fueron objeto del Plan Especial del Hospital de Torrevieja, los cuales fueron cedidos anticipadamente por la mercantil proponente de este instrumento, como ubicación vinculada al desarrollo del Sector 29 La Ceñuela. El Ayuntamiento recibirá la transferencia de todos los terrenos destinados a servicios públicos y la mercantil asumirá los costes de las redes a desarrollar. Además el plan comprende un total de 842 plazas de aparcamiento público y 1.684 de carácter privado. También se destina una edificabilidad de VPO de 40.523 metros cuadrados y unos 33.000 metros cuadrados de zonas verdes.
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL POR UNANIMIDAD DECLARA VULNERADO EL DERECHO A LA INTEGRIDAD MORAL DE UN POLICÍA LOCAL POR EL ACOSO LABORAL SUFRIDO TRAS DENUNCIAR A UNOS COMPAÑEROS 
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Segoviano Astaburuaga, ha estimado por unanimidad un recurso de amparo interpuesto por un policía local de Torrevieja (Alicante). El Tribunal considera vulnerado su derecho a la integridad física y moral (art. 15 CE), en relación con el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), por el acoso laboral sufrido entre abril de 2013 y septiembre de 2016, tras denunciar a algunos de sus compañeros por irregularidades en lo relativo a la falta de control del dinero en efectivo recaudado de las multas y a la realización de inspecciones selectivas en locales de ocio.  La sentencia de amparo establece que la lesión de estos derechos se estima imputable, por un lado, al Ayuntamiento de Torrevieja por su conducta omisiva de prevenir, investigar y sancionar las actuaciones de acoso de sus empleados públicos y la de hostigamiento que desarrolló institucionalmente contra el demandante; y, por otro, a la sentencia de apelación dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por el incumplimiento de su deber de control judicial de estos derechos, al no aplicar correctamente la jurisprudencia constitucional sobre el desplazamiento de la carga probatoria en su protección.

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